Argentina

Argentina.- El Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Mercedes, en la provincia de San Luis, sancionó a un templo evangélico «por ruidos molestos», con la clausura temporaria del edificio, una multa de $ 800 y restringió sus horarios de celebraciones a los fines de semana.

El fallo dictado por la jueza Ruth Mezzano, de la comuna de Villa Mercedes, segunda ciudad de San Luis, ubicada a 95 kilómetros al este de la capital puntana se conoció hoy y entre sus puntos más salientes señala que la entidad religiosa que dirige el pastor Marcos Rolón sólo podrá realizar actividades los sábados y domingos de 20 a 22, hasta marzo próximo.

El templo «Jesucristo es tu esperanza», situado en calle Francia 375, en el barrio Estación, de Villa Mercedes, fue cerrado la semana pasada, y antes de la sanción funcionaba todos los días en distintos horarios, por lo que la Municipalidad recibió innumerables quejas por parte de sus vecinos por ruidos.

Fabio Ramón Gil, abogado defensor de la Iglesia Evangélica, objetó la decisión al señalar que «el fallo de la doctora Mezzano es arbitrario, ya que avala un acto realizado por inspectores municipales, quienes no pueden justificar cómo tomaron los decibeles».

Por otra parte, el letrado dijo que «esta resolución restringe la actividad de culto.

Aplicó una multa exorbitante de 800 pesos para actividades que no son comerciales sino religiosas».

Sostuvo además que «el fallo atenta contra la Ley de Libertad de Pensamiento Religioso y Culto en su Artículo 2§, que expresa que ninguna persona puede ser discriminada en virtud de su creencia religiosa».

El responsable del Centro de Control y Coordinación de Inspectores (CCCI), Carlos Muñoz, indicó que «hubo quejas de vecinos por los ruidos molestos que provenías de una fiesta que se realizó el pasado 28 de diciembre en horas de la noche y cuando los inspectores se presentaron en el lugar y solicitaron a los encargados que bajaran el volumen, recibieron maltrato como respuesta».

Destacó que ya se habían recibido con anterioridad varias denuncias en el mismo sentido y que cuando concurrieron al local y no hubo predisposición al requerimiento de los inspectores, se tomó el nivel del sonido y según consta en el acta labrada en el lugar, estaba en los 82 decibeles, cuando lo permitido no debe superar los 70 decibeles.

Asimismo apuntó que «si bien rige la Libertad de Culto, además de la infracción de los ruidos molestos, como lo especifica la Ordenanza n§ 673/90, el local no contaba con la habilitación correspondiente, por lo que se labró el acta y se dio intervención al Tribunal de Faltas Municipal, y como los propietarios del lugar no ejercieron su defensa, se aplicó la sanción».

En tanto, el pastor Rolón, enfatizó que apelará el fallo que «ha traído un caos a nuestra Iglesia, que ahora está en la calle, porque el dueño del local es una persona mayor y como no quiere verse involucrado en un problema, nos pidió el local». (TELAM)

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